8/08/2026

29 AÑOS Y 4 MESES DE PRISIÓN POR VIOLACIÓN DE UNA NIÑA DE 8 AÑOS EN PALLATANGA

Un Tribunal de Garantías Penales sentenció a 29 años y cuatro meses de privación de libertad a Luis R., tras declararlo autor directo del delito de violación cometido contra una niña de apenas 8 años, en el cantón Pallatanga, provincia de Chimborazo.

Un Tribunal de Garantías Penales sentenció a 29 años y cuatro meses de privación de libertad a Luis R., tras declararlo autor directo del delito de violación (foto referencial)

El hecho ocurrió la noche del 14 de septiembre de 2025. Según la investigación de la Fiscalía, el sentenciado habría aprovechado la vulnerabilidad de la menor y la ausencia momentánea de adultos para trasladarla en una tricimoto hasta el barrio Municipal, donde ocurrió la agresión sexual.

Después del hecho, la niña regresó a las inmediaciones del negocio de su familia y contó a sus padres lo ocurrido. Los progenitores localizaron al sospechoso pocos minutos después y solicitaron la intervención de la Policía Nacional, cuyos agentes procedieron con su aprehensión en delito flagrante.

Durante la audiencia de juzgamiento, la Fiscalía presentó pruebas testimoniales, documentales y periciales que fueron consideradas suficientes por el Tribunal para determinar la responsabilidad del procesado.

Entre los principales elementos presentados constaron el testimonio anticipado de la víctima, el examen médico legal, la valoración psicológica forense, la inspección técnica del lugar de los hechos y otros informes que permitieron reconstruir lo ocurrido.

REPARACIÓN INTEGRAL

Además de la pena de prisión, el Tribunal dispuso una indemnización de 5.000 dólares a favor de la víctima y ordenó que el Estado garantice su acceso a atención psicológica especializada a través de la red pública de salud.

La sentencia marca una condena de más de 29 años por un delito que tuvo como víctima a una niña de apenas ocho años.

CNE REGISTRA 1.410 CANDIDATURAS PRESENTADAS A 10 DÍAS DEL CIERRE DE INSCRIPCIONES: ASÍ AVANZA EL PROCESO

El proceso de inscripción de candidaturas para las elecciones seccionales de 2027 avanza en el CNE, que registra 1.410 postulaciones a diez días del cierre del plazo. Partidos y movimientos aceleran sus trámites para definir sus cuadros.


A diez días de que finalice el periodo de inscripción para las elecciones seccionales de 2027, el proceso en el Consejo Nacional Electoral (CNE) mostró un repunte significativo en las últimas horas. Según el reporte más reciente de la Dirección Nacional de Organizaciones Políticas, con corte a las 11:00 de este 7 de agosto, se registran un total de 1.410 candidaturas presentadas.

De esta cifra global, 755 corresponden a candidatos principales y 655 a suplentes. El desglose por dignidades revela que el mayor volumen de participación se concentra en:
  • Los vocales de juntas parroquiales rurales con 860 postulaciones
  • Los aspirantes a concejales urbanos con 242
  • Concejales rurales con 144
  • Alcaldes con 88
  • Concejales urbanos por circunscripción con 64
  • Binomios de prefecto y viceprefecto con 12.
A pesar del incremento en los registros —que pasaron de 920 la tarde del jueves a 1.410 la mañana de este viernes, el ritmo de inscripción no avanza rápido. Por ejemplo, hasta el cierre de este jueves, provincias como Manabí y Cotopaxi lideraban la lista con el mayor número de registros, mientras que Pichincha, Los Ríos e Imbabura presentaban un rezago considerable, llegando esta última a no registrar ninguna postulación en los primeros días.

Históricamente, las organizaciones políticas suelen esperar al límite del plazo para completar sus trámites. Ante esto, el presidente del CNE, José Cabrera, advirtió que el sistema informático se cerrará puntualmente a las 18:00 del lunes 17 de agosto, y no se permitirá completar documentos fuera de esa hora.

Movimientos políticos y actos simbólicos

En los últimos días, diversos candidatos y movimientos políticos optaron por organizar movilizaciones junto a sus simpatizantes hacia las delegaciones del CNE para realizar sus inscripciones.

El movimiento oficialista Acción Democrática Nacional (ADN) fue uno de los primeros en utilizar este recurso. El pasado 2 de agosto, Harold Burbano, aspirante a la Alcaldía de Quito, y Giovanna Ubidia, candidata a la Prefectura de Pichincha, acudieron a la delegación electoral para formalizar su participación ante sus seguidores.

Asimismo, la Alianza Ciudadana integrada por Unidad Popular (UP), el Partido Socialista Ecuatoriano (PSE), la Revolución Ciudadana (RC) y el movimiento provincial Todos se movilizaron el 6 de agosto para respaldar la inscripción de la candidatura del actual alcalde de Quito, Pabel Muñoz, quien busca la reelección bajo la alianza de esas cuatro organizaciones.

Esta coalición surge debido a que la RC permanece suspendida por nueve meses tras un pedido de la Fiscalía. Ante esta situación, varios cuadros del movimiento optaron por participar bajo el respaldo electoral de Amigo. Sin embargo, esta organización también fue suspendida tras una investigación reservada con un presunto delito de lavado de activos.

Pabel Muñoz defendió esta unión asegurando que no es meramente coyuntural o electoral, sino un acuerdo programático centrado en proyectos de movilidad e infraestructura para la capital. Pero, el alcalde también expresó su preocupación por la proscripción de movimientos. Señaló, además, el riesgo de que se busque prohibir su propia candidatura.

Ahora, mientras se desarrollan estos actos simbólicos, el proceso electoral sigue avanzando:

Unidad Popular anunció la meta de inscribir a más de 6.000 candidatos a nivel nacional.

Existen 235 partidos y movimientos habilitados para presentar cuadros en estos comicios.

Candidaturas aún no están en firme

Es importante precisar que las postulaciones presentadas aún no se consideran oficialmente inscritas. Conforme al Código de la Democracia, la inscripción solo se perfecciona cuando el organismo electoral emite una resolución en firme tras verificar que los aspirantes cumplan con todos los requisitos legales y no tengan inhabilidades.

En estos comicios, convocados para el 29 de noviembre, están llamados a las urnas 13,8 millones de ecuatorianos para elegir a más de 11.400 autoridades, entre titulares y suplentes:
  • 23 prefectos provinciales.
  • 222 alcaldes municipales.
  • 909 concejalas urbanos con sus suplentes.
  • 457 concejalas rurales con sus suplentes.
  • 4.131 vocales principales de las juntas parroquiales rurales con sus suplentes.
Por ello, el CNE dispuso mesas técnicas de ayuda en delegaciones provinciales para asistir a los partidos en este proceso digital.

21 AÑOS Y 4 MESES DE PRISIÓN POR EXPLOTACIÓN SEXUAL EN RIOBAMBA

Tres sentenciados a 21 años y 4 meses por explotación sexual de personas, tras ser acusadas de captar víctimas con falsas ofertas de empleo.

La Fiscalía General del Estado procesa por su presunta participación en un caso de trata de personas con fines de explotación sexual. Las víctimas habrían sido captadas mediante engaños y falsas promesas de empleo (FOTO REFERENCIAL)


Tres personas fueron sentenciadas a 21 años y 4 meses de prisión por el delito de explotación sexual de personas, tras ser halladas responsables de captar víctimas mediante engaños y falsas ofertas de empleo.

Los sentenciados son Galo Hernán M. T., Marco Antonio L. F. y Karina Paola M. L., quienes fueron declarados autores y coautora del delito por el Tribunal de Garantías Penales Especializado para el Juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado, con sede en Pichincha.

FALSAS OFERTAS DE EMPLEO

Según la investigación de Fiscalía, los involucrados utilizaban anuncios publicados en Facebook para ofrecer supuestos trabajos como ayudantes de panadería.

Tras establecer contacto con las víctimas, estas eran trasladadas a hoteles de Riobamba y Ambato, donde eran sometidas a explotación sexual.

Entre las víctimas se encontraba una adolescente de 16 años.

UNA INVESTIGACIÓN QUE INICIÓ EN 2024

La investigación comenzó en 2024 y permitió identificar el mecanismo utilizado para captar a las víctimas a través de redes sociales.

Posteriormente, Fiscalía obtuvo órdenes judiciales de detención y allanamiento en inmuebles ubicados en Chimborazo y Tungurahua.

El 20 de agosto de 2025, durante los operativos, fueron detenidos los tres procesados.

En los allanamientos se encontraron computadores, teléfonos celulares y documentos que simulaban contratos de prestación de servicios como “damas de compañía”, además de otros indicios incorporados al proceso.

LAS PRUEBAS FUERON CLAVE

Durante el juicio, Fiscalía presentó el testimonio anticipado de una de las jóvenes, además de pericias realizadas a las redes sociales y dispositivos electrónicos incautados.

También fueron incorporados informes de vigilancia y seguimiento, así como información proporcionada por las unidades policiales que participaron en la investigación.

UNA PENA AGRAVADA

El delito de explotación sexual de personas está contemplado en el artículo 100 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

El Tribunal impuso la pena máxima agravada, debido a que se comprobó la participación de dos o más personas en la comisión del delito.

21 años y 4 meses de prisión. Esa es la sentencia impuesta a los tres involucrados en un caso que, según la investigación fiscal, utilizó falsas oportunidades laborales para captar víctimas y someterlas a explotación sexual.

8/05/2026

JUEZ UZCÁTEGUI DENUNCIA PRESIONES TRAS LEVANTAR LA PRISIÓN PREVENTIVA A AQUILES ALVAREZ EN EL CASO GOLEADA


El juez Byron Uzcátegui denuncia presiones tras su suspensión por el caso Goleada


El magistrado asegura que su fallo fue respaldado por un juez de la Corte Nacional y sostiene que enfrenta un proceso disciplinario por un supuesto “error inexcusable”, tras levantar la prisión preventiva del alcalde de Guayaquil.

El magistrado Byron Uzcátegui, integrante de la Unidad Judicial Especializada en Delitos de Corrupción y Crimen Organizado, se encuentra hoy en el centro de una tormenta judicial y política tras su suspensión por parte del Consejo de la Judicatura.

El motivo central de esta medida fue la decisión del tribunal que él integraba de levantar la prisión preventiva que pesaba sobre el alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, y sus hermanos en el marco del denominado caso Goleada.

La suspensión de Uzcátegui y sus compañeros de tribunal responde a una acusación de “error inexcusable”. Sin embargo, el magistrado defiende la legalidad de su fallo, argumentando que no puede existir tal error cuando su decisión fue incluso avalada por Javier de la Cadena, juez de la Corte Nacional de Justicia, quien posteriormente fue removido de su cargo y enviado a juzgados en Imbabura tras dicha resolución.

Uzcátegui ha denunciado públicamente que el proceso disciplinario en su contra ocurre en un contexto de debilitamiento de la justicia, señalando que su suspensión ha reducido la operatividad de la unidad anticorrupción en un 50%, al quedar solo tres jueces para cubrir todos los despachos.

Presiones administrativas

Entre los hechos más llamativos denunciados por el juez destaca una presunta maniobra administrativa para apartarlo de sus funciones. Uzcátegui señaló en Ecuavisa que, el 5 de marzo, el mismo día en que el tribunal fijó la audiencia para el caso Goleada, la Judicatura le dispuso a él y a la jueza Silvana Velasco asistir a un evento en Panamá.

A pesar de que el magistrado envió un correo electrónico informando que no podía asistir debido a las audiencias programadas, el Consejo de la Judicatura le envió los pasajes de avión, obligándolo a realizar el viaje.

Con casi 20 años de carrera judicial y una hoja de vida sin sanciones previas, Uzcátegui defiende su honestidad y su derecho a interpretar las normas sin injerencias. Su situación ha generado reacciones de figuras del ámbito jurídico.

Carlos Serrano, exjuez anticorrupción, lo calificó como un “jurista de primer nivel” y uno de los pocos jueces independientes que quedan en el sistema, advirtiendo que su sanción busca “disciplinar” a los magistrados honestos.

Jorge Luis Mazón, abogado y profesor universitario, destacó que Uzcátegui fue su mejor estudiante y lo describió como una persona “honesta”, sugiriendo que su destitución es un intento del poder político por deshacerse de jueces “incómodos”.

Un futuro incierto en los tribunales

Actualmente, el juez no solo enfrenta el sumario administrativo que podría derivar en su destitución definitiva, sino también una indagación penal abierta por la Fiscalía General del Estado. De ser apartado del cargo, Uzcátegui y sus colegas suspendidos ya no podrán conocer, en instancia de apelación, procesos de alto interés político como el caso Triple A, en el cual también está procesado el alcalde de Guayaquil.

Esta situación pone de relieve la vulnerabilidad de los jueces especializados ante los procesos disciplinarios en Ecuador y el impacto que estas decisiones tienen en la resolución de casos de corrupción que involucran a figuras de alto perfil político.

RADIO PICHINCHA

8/03/2026

Tribunal declara culpable a Aquiles Álvarez y dicta tres años de cárcel por incumplir medida judicial.

El Tribunal de Garantías Penales de Durán declaró culpable al alcalde de Guayaquil, Aquiles Álvarez, por el delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente y lo condenó a tres años de prisión dentro del denominado caso Grillete.

El tribunal del caso Grillete admitió varias pruebas de la defensa como la falta de intención de escapar de Álvarez, pero dijo que no tenía autorización para sacarse la tobillera de vigilancia. Foto: Facebook Aquiles Álvarez


La sentencia, emitida este lunes 3 de agosto de 2026, también dispone el pago de una multa equivalente a 10 salarios básicos unificados, la presentación de disculpas públicas y la publicación de la parte resolutiva del fallo en un diario de circulación nacional.

El proceso se originó por el presunto incumplimiento de la medida judicial que obligaba al alcalde a portar un dispositivo de vigilancia electrónica. Durante la audiencia, el Tribunal concluyó que Álvarez no llevaba colocado el grillete al momento de un operativo policial, pese a no contar con autorización para retirárselo.

La presidenta del Tribunal señaló que tres testimonios coincidieron en que el dispositivo se encontraba fuera del tobillo del alcalde y cargándose junto a una cama, elemento que fue considerado determinante para establecer el incumplimiento de la medida cautelar.

No obstante, los jueces descartaron la acusación de manipulación del grillete electrónico, al considerar que la Fiscalía no presentó pruebas suficientes para demostrar ese hecho.

La defensa rechazó la acusación

Durante el juicio, la defensa sostuvo que Aquiles Álvarez nunca tuvo la intención de incumplir la orden judicial y argumentó que el primer dispositivo electrónico presentó fallas técnicas, por lo que debió ser reemplazado.

Además, los abogados aseguraron que el día de la detención no se registró ninguna alerta por retiro del grillete, insistiendo en que el sistema no detectó una manipulación indebida del equipo.

También señalaron que el alcalde cumplió con todas sus presentaciones periódicas ante la autoridad competente y que cada una de las alertas emitidas por el dispositivo fue atendida oportunamente, por lo que, a su criterio, nunca existió riesgo de fuga ni intención de evadir la justicia.

La sentencia es de primera instancia y puede ser apelada por la defensa.