8/25/2026

TCE inadmite denuncia contra Pabel Muñoz por presunta interferencia en la Función Electoral

La jueza Ivonne Coloma determinó la inadmisión de la denuncia presentada contra el alcalde de Quito, relacionada con una resolución aprobada por el Concejo Metropolitano.


Quito. La jueza de instancia del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Ivonne Coloma, inadmitió la denuncia presentada contra el alcalde de Quito, Pabel Muñoz, por una presunta infracción electoral contemplada en el artículo 279, numeral 7, del Código de la Democracia.

La denuncia fue presentada el 21 de agosto de 2026 por Jennifer Alicia Celorio Suárez, quien señaló al alcalde por una supuesta interferencia en la Función Electoral, a partir de su participación en una resolución aprobada por el Concejo Metropolitano de Quito.

La causa llegó al despacho de la jueza luego del sorteo correspondiente. Antes de resolver sobre su admisibilidad, Coloma había solicitado a la denunciante que completara y aclarara varios elementos de su escrito.
¿Cuál fue el origen de la denuncia contra Pabel Muñoz?

El caso se relaciona con una resolución aprobada por el Concejo Metropolitano de Quito el 21 de julio de 2026. Durante esa sesión, Muñoz participó en la votación, respaldó el documento y posteriormente lo suscribió.

El pronunciamiento expresó un rechazo político e institucional frente a determinadas decisiones de los organismos electorales que, según el Concejo, podían restringir la participación de organizaciones y opciones políticas.

Además, el documento exhortó a las autoridades electorales a garantizar la democracia y respetar la participación política.

El Concejo también incluyó un llamado al Tribunal Contencioso Electoral para que garantizara la participación política y evitara decisiones que pudieran ser consideradas mecanismos de persecución o proscripción política.

La resolución debía ser remitida al TCE, al Consejo Nacional Electoral (CNE), organismos internacionales y misiones de observación electoral.
La acusación apuntaba a una presunta interferencia electoral

La denunciante sostuvo que la actuación del alcalde y del Concejo Metropolitano habría superado los límites de un pronunciamiento político y podría constituir una interferencia en las competencias de la Función Electoral.

El artículo 279, numeral 7, del Código de la Democracia contempla sanciones para las autoridades o funcionarios ajenos a la Función Electoral que interfieran en su funcionamiento.

Celorio solicitó que se sancionara a Muñoz por la presunta infracción y planteó una multa de 50 salarios básicos unificados, además de la suspensión de sus derechos de participación durante cuatro años.
¿Qué estaba en juego para el alcalde de Quito?

La denuncia tenía una particular relevancia política debido a la sanción solicitada contra Muñoz.

De acuerdo con el planteamiento de la denunciante, la suspensión de los derechos de participación política durante cuatro años habría afectado directamente las posibilidades del alcalde de participar en futuros procesos electorales, al impedirle ejercer sus derechos políticos durante ese período.

Sin embargo, con la decisión de la jueza Ivonne Coloma de inadmitir la denuncia, el proceso no avanzó en los términos planteados por la denunciante.

La decisión del TCE representa un nuevo episodio dentro de la disputa generada alrededor de los pronunciamientos del Concejo Metropolitano de Quito y su posición frente a las actuaciones de los organismos electorales.

Pabel Muñoz, por ahora, queda fuera de este proceso por la presunta infracción electoral denunciada ante el Tribunal Contencioso Electoral.

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