El Ministerio de Trabajo emitió los lineamientos oficiales para el pago del décimo tercer sueldo o bono navideño en Ecuador este 2025. El acuerdo detalla cómo se aplicará este beneficio en el sector público y privado, y confirma la posibilidad de anticipar los pagos desde octubre
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| REALIDAD. El décimo tercer sueldo también es conocido como bono navideño |
El Ministerio de Trabajo expidió el Acuerdo Ministerial del 28 de octubre de 2025, que establece las disposiciones para el pago del décimo tercer sueldo, conocido también como bono navideño, tanto en el sector público como en el privado.
El documento determina que los servidores y trabajadores de las entidades públicas de la Función Ejecutiva que acumulan este beneficio recibirán el pago completo hasta el 14 de noviembre. En el caso de quienes tienen mensualizado el bono, el Ministerio dispuso que hasta esa misma fecha se cancelen los valores correspondientes a noviembre y diciembre.
Las entidades públicas fuera de la Función Ejecutiva, como gobiernos locales o empresas públicas autónomas, podrán realizar el pago del décimo tercer sueldo desde la entrada en vigencia del acuerdo ministerial, de acuerdo con su disponibilidad presupuestaria.
Jubilados también recibirán pago anticipado
La ministra de Trabajo confirmó que los jubilados del IESS también recibirán el pago anticipado del décimo tercer sueldo, siguiendo el mismo calendario que el personal activo del sector público.
En el sector privado, el pago anticipado es opcional. Al menos 17 empresas, entre medianas y grandes, ya han anunciado públicamente que pagarán de manera anticipada el décimo tercer sueldo. Entre ellas están: Cervecería Nacional; Grupo Eljuri; Produbanco; Banco del Pacífico; Contecon, Exportadora Santa Priscila; Grupo Ortiz, Banco Bolivariano.
Para las empresas y empleadores privados, el Ministerio aclaró que el pago anticipado del bono navideño no es obligatorio. Sin embargo, luego del llamado público hecho por el presidente Daniel Noboa, varios bancos ya han anunciado que entregarán el décimo tercer sueldo hasta el 14 de noviembre próximo.
El acuerdo permite que las personas naturales o jurídicas de derecho privado puedan optar por pagar el décimo tercer sueldo completo desde el 28 de octubre, pero también pueden mantener el calendario regular y cancelarlo hasta el 24 de diciembre, como establece la ley.
Si un trabajador deja la empresa o institución antes de devengar el valor recibido como décimo tercer sueldo, dicho monto deberá ajustarse en la liquidación final.
El décimo tercer sueldo es una remuneración adicional equivalente a la doceava parte de los ingresos percibidos durante el año, que los empleadores deben pagar a sus trabajadores. Es decir, es igual a un sueldo mensual adicional. Este ingreso representa un alivio económico para los hogares ecuatorianos, especialmente en la temporada de fin de año, cuando aumentan los gastos familiares y de consumo. (JS)
Fuente: Diario la Hora

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